Desde el 29 de junio de 2023, la Ley General de Telecomunicaciones reconoce el derecho a no recibir llamadas comerciales no deseadas. Una empresa solo puede llamarle si usted dio antes su consentimiento o si tiene otra base legal, que la AEPD interpreta de forma restrictiva. Su Circular 1/2023 presume que la llamada es lícita cuando usted ha sido cliente de esa misma empresa, le ofrecen productos parecidos a los que contrató y no se ha opuesto. Si nunca fue cliente, la empresa solo puede alegar que usted esperaba la llamada cuando usted mismo le hizo una solicitud o tuvo algún contacto con ella durante el último año. Llamar a números generados al azar está prohibido.
Durante la propia llamada puede hacer bastante. Pregunte el nombre de la empresa y para quién llaman, porque muchas campañas las realizan centros de llamadas subcontratados. Diga con claridad que se opone a recibir más llamadas comerciales y pregunte de dónde han sacado sus datos, ya que la normativa de protección de datos le da derecho a saberlo. Anote la fecha, la hora, el número que aparecía en pantalla y lo que le ofrecieron. Si después siguen llamando, ya no tendrán excusa y su reclamación será mucho más sólida.
La Lista Robinson, gestionada por la Asociación Española de la Economía Digital (Adigital), es un registro gratuito en el que puede inscribir su teléfono, su correo electrónico y su dirección postal para no recibir publicidad de empresas a las que no ha dado su consentimiento. Quien prepara una campaña publicitaria debe consultarla antes. La inscripción puede tardar hasta dos meses en ser plenamente efectiva y no impide las llamadas de compañías a las que usted sí autorizó, así que con esas tendrá que ejercer directamente su derecho de oposición.
La reclamación se presenta en la sede electrónica de la AEPD, que puede sancionar a la empresa responsable. Aporte todos los datos que haya reunido, capturas del registro de llamadas y, si la tiene, la prueba de que se opuso. Tenga en cuenta además dos novedades. Desde el 7 de junio de 2025 está prohibido hacer llamadas comerciales desde números móviles, y a partir del 17 de octubre de 2026 las empresas sujetas a la Ley de servicios de atención a la clientela solo podrán hacerlas desde números que empiezan por 400, cuya desconexión pueden ofrecerle los operadores si la solicita.
Dejar un comentario sobre el número en cislo.info ayuda a que otras personas reconozcan la campaña antes de descolgar, pero no sustituye a la reclamación, que es lo único que puede acabar en una sanción. Si la llamada no era una simple oferta sino un intento de engaño, por ejemplo con una falsa factura de la luz o una supuesta subida de precio que exige dar sus datos bancarios, el cauce es otro. En ese caso, cuelgue, avise a su compañía por el teléfono oficial y presente una denuncia en la Policía Nacional o en la Guardia Civil.